miércoles, 4 de mayo de 2011

Libardo Vergara

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miércoles, 13 de abril de 2011

MECANISMOS DE DEFENSA DEL MEDIO AMBIENTE COLOMBIANO

MECANISMOS
DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA DEFENSA DEL MEDIO AMBIENTE COLOMBIANO

Con la Carta Política de 1886, la cual rigió al país hasta 1991, los colombianos no contaban con mecanismos de participación ciudadana en la defensa del medio ambiente.  A partir de la Nueva Constitución y su desarrollo normativo aparecen más de 15 mecanismos de participación para que la sociedad civil los utilice en la defensa de su entorno. Éstos pueden clasificarse en administrativos, judiciales y políticos.

Los mecanismos administrativos son: 1) el derecho a intervenir en procedimientos administrativos; 2) la petición de intervención; 3) la petición de información; 4) el derecho de petición; 5) la audiencia publica ambiental, 6) la consulta a las comunidades indígenas y negras y  7) la acción de policía.

Por mecanismos de participación política: 1) el cabildo abierto y 2) la consulta popular.

Dentro de los mecanismos judiciales están: 1) las acciones de tutela; 2) la de cumplimiento, 3) acción popular y de grupo; 4) acción de inconstitucionalidad; 5) acción de nulidad, y 6) acción penal.

Mecanismos administrativos de participación ciudadana en defensa del medio ambiente

Derecho a intervenir en los Procedimientos Administrativos. La Ley 99 de 1993, en su Artículo 69, permite a cualquier persona sin necesidad de demostrar interés jurídico, intervenir en las actuaciones administrativas que se adelanten ante una autoridad ambiental cuando se busque la expedición, modificación, cancelación de permisos o licencias de actividades donde se afecte o se pueda afectar el ambiente o para la imposición o revocación de sanciones por el incumplimiento de las normas y regulaciones ambientales.

Petición de Intervención.  Todo ciudadano, cuando conoce de una situación que ocasione un impacto negativo sobre el medio ambiente, puede intervenir por medio de un escrito ante la autoridad ambiental competente haciendo una descripción de los hechos que deben ser materia de investigación, solicitando se sirvan enviar al lugar de los hechos, a  profesionales expertos para que elaboren un concepto técnico.  Posteriormente, la oficina jurídica de la entidad determinará si hay lugar a sanciones, cierre de la actividad o cancelación de la licencia.  Así se concluye de lo ordenado en el Artículo 70 en conexidad con los Artículos 83  85 de la Ley 99 de 1993.

Petición de Información.  En el momento que se produzca contaminación o afectación de la salud humana, cualquier persona tiene derecho a presentar petición de información en los términos del Artículo 74 de la Ley 99 de 1993, el cual establece a la autoridad ambiental un plazo de 10 días para responder.   El mismo Artículo faculta a toda persona para invocar el derecho a ser informada sobre los montos y utilización de los recursos que estén destinados a la preservación del ambiente.  En esta forma el ciudadano puede hacer seguimiento a los recursos económicos destinados a la protección del medio ambiente.

Derecho de petición.  El Artículo 23 de la Constitución Nacional, así como el Código Contencioso Administrativo, faculta a todo ciudadano para representar peticiones respetuosas a las autoridades o a las organizaciones privadas que presten un servicio público.  Esta petición se puede hacer por motivos de interés general o particular y la respuesta debe darse en 30, 15 o 10 días, dependiendo de la clase de petición.  Este derecho está consagrado como fundamental y por tal razón, si las autoridades no responden, prosperará la acción de tutela.

Audiencia pública Ambiental.  Cuando se desarrolla o pretende desarrollar una obra o actividad que pueda causar impacto al medio ambiente o a los recursos naturales y si ésta requiere permiso o licencia ambiental, se puede solicitar, a la autoridad ambiental, una audiencia pública por parte de la Defensoría del Pueblo, Procuraduría, gobernadores, alcaldes, u otras entidades sin ánimo de lucro, con la firma de 100 personas, o de oficio, por las autoridades ambientales competentes en el proyecto respectivo (Artículo 82 de la Ley 99 de 1993).

Consulta a las comunidades indígenas y negras.  Este mecanismo de participación se origina en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de 1989, firmado y ratificado por el Estado colombiano por medio de la Ley 21 de 1991.  Posteriormente, la ley 99 de 1993 y la Ley 70 del mimo año ordenan la consulta, cuando se pretenda desarrollar una obra o actividad que pueda causar impacto en el ambiente, los recursos naturales o la cultura de las comunidades indígenas o negras.

El gobierno por intermedio de la autoridad ambiental competente está en la obligación de adelantar la consulta, la cual debe desarrollarse mediante procedimientos apropiados, concertados y de buena fe.

En este sentido debe comentarse que después de un periodo de más de cuatro años donde las comunidades indígenas  y negras buscaban la reglamentación de la consulta en forma concertada con los representantes del gobierno nacional, el 13 de julio de 1998, éste lo hizo de manera unilateral por medio del Decreto 1320.

Acción de Policía.  El Código Nacional de Policía, Decreto 1355  de 1970, en su Artículo 132, faculta a los alcaldes para adelantar la  restitución de los bienes de uso público, como vías públicas urbanas o rurales o zonas para el paso de  trenes.  El alcalde debe pronunciarse por medio de una resolución de restitución que deberá cumplirse en un plazo no mayor a treinta días y contra este acto administrativo proceden los recursos de reposición y apelación.

El Artículo citado se encuentra en conexidad con los códigos de policía departamentales o distritales, por ejemplo el Acuerdo 18 de 1989 o Código de Policía de Bogotá, a partir de los Artículos 153 a 158 establece la protección de la salud y el medio ambiente para lo cual las autoridades de policía están en la obligación de prevenir y eliminar situaciones como:

La contaminación del aire y de los demás recursos naturales renovables, las alteraciones nocivas del flujo natural de las aguas, la sedimentación de los cursos y depósitos de aguas, los cambios nocivos del lecho de las aguas, la introducción y propagación de enfermedades y de plagas, la introducción, utilización y transporte de especies animales o vegetales dañinas o de productos o sustancias peligrosas, la alteración perjudicial o antiestética  de paisajes naturales, la acumulación o disposición inadecuada de residuos, basuras, desechos, desperdicios, el ruido nocivo, el uso inadecuado de sustancias peligrosas.

El Artículo 376 del mismo acuerdo determina la competencia de los alcaldes menores.  El literal e, determina: “Conocer en primera instancia de los procesos por restitución de bienes de uso público o de propiedad de entidades de derecho público”.

Mecanismos de Participación Política en la defensa del medio ambiente

La Constitución Nacional en el Artículo 103 contempla como mecanismos de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato; estas formas de participación democrática de la sociedad civil fueron reglamentadas por la Ley 134 de 1994.

Sin embargo, como mecanismos políticos de participación para la defensa del medio ambiente, los ciudadanos pueden hacer uso, entre otros, de:

Cabildo Abierto.  Es la reunión pública de los concejos distritales, municipales o de las juntas administradoras locales, en la cual los habitantes pueden participar directamente con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad.

En cada periodo de sanciones ordinarias de los concejos municipales o distritales, o de las juntas administradoras locales un número de personas no inferior al cinco por mil del censo electoral del municipio, distrito, localidad, comuna o corregimiento, según el caso, podrán presentar ante la secretaría de la respectiva corporación la solicitud razonada para que sea discutido un asunto en Cabildo Abierto, con menos de quince días de anticipación a la fecha de iniciación del periodo de sesiones, incluso la corporación puede trasladarse a sesionar al lugar del problema; así los establecen los Artículos 81 a 89 de la ley 134 en mención.

Consulta Popular.  Es la posibilidad de que una pregunta de carácter general sobre un asunto de trascendencia nacional, departamental, municipal, distrital o local, se someta por parte del Presidente de la República, el gobernador o el alcalde, según el caso, a consideración del pueblo para que éste se pronuncie formalmente al respecto..:”, Artículo  8 Ley 134 de 1994.  Su reglamentación se encuentra en los Artículos 50 a 57 de la misma ley.


Mecanismos judiciales de participación ciudadana en defensa del medio ambiente

Acción de Tutela.  La Constitución Nacional en el Artículo 86, eleva a rango constitucional la figura que crea la tutela, siendo reglamentada por los Decretos 2591 de 1.991 y 306 de 1.992, con el fin de proteger los derechos fundamentales de los colombianos.  Este mecanismo ha sido utilizado por la sociedad civil en la protección de un medio ambiente sano, gracias a las jurisprudencias de la Corte Constitucional que en repetidas oportunidades ha dicho que prospera la acción de tutela en defensa del medio ambiente cuando se demuestre la conexidad en la vulneración de un derecho fundamental de una persona, tal como la salud o la vida.

Acción de cumplimiento.  El Artículo 87 de la Constitución Nacional establece que “toda persona podrá acudir ante la autoridad judicial para hacer efectivo el cumplimiento de una ley o un acto administrativo.  En caso de prosperar la acción, la sentencia ordenará a la autoridad recurrente el cumplimiento del deber omitido”.

La ley 99 de 1993 contempló la acción de cumplimiento ambiental en los Artículos 77 a 82, para que se diera cumplimiento a las leyes y actos administrativos ambientales.  Estos Artículos fueron derogados por la Ley 393 de 1997, que reglamentó el Artículo 87 de la Constitución.  La nueva ley consagra el procedimiento, las competencias, el requerimiento que debe hacer el juez al jefe o director de la entidad demandada para que por escrito y en un término no mayor de 10 días manifieste la forma como está cumpliendo con las leyes o actos administrativos invocados.

Acción Popular.  Esta nueva ley tiene para el país gran importancia en la defensa de los derechos e intereses colectivos y entró en vigencia a partir del 5 de agosto de 1999.

Acción de Inconstitucionalidad.  El Artículo 241 numerales 4 y 5 de la Constitución Nacional, establece que cualquier ciudadano puede interponer ante la Corte Constitucional demanda de inconstitucionalidad contra leyes o decretos con fuerza de ley, dictados por el Congreso o el Gobierno, por su contenido material o por vicios de procedimiento en su formación.

Ejemplo de ello es la acción de inconstitucionalidad interpuesta por parte de la Defensoría del Pueblo contra los Artículos 132 y 134 del Decreto 2150 de diciembre de 1995, promulgado por el gobierno nacional y por medio de los cuales el gobierno podía reglamentar qué proyectos requerían licencia ambiental.

Acción de nulidad.  El Artículo 73 de la Ley 99 de 1993 y el Artículo 84 del Decreto 01 de 1984 o Código contencioso Administrativo, determinan que toda persona podrá solicitar, por si o por  medio de representante, que se declare la acción de nulidad contra los actos administrativos mediante los cuales se expide, modifica o cancela un permiso, autorización, concesión o licencia ambiental de una actividad que afecte o pueda afectar el medio ambiente.

Acción Penal.  La Ley 491 del 13 de enero de 1999, por medio de la cual se establece el seguro ecológico, se modifica el Código Penal y se dictan otras disposiciones, presenta “el seguro ecológico” como un mecanismo que permite cubrir los perjuicios económicos cuantificables a personas determinadas como parte o como consecuencia de daños al ambiente y a los recursos naturales, y la reforma al código penal en lo relativo a delitos ambientales, buscando mejorar la operatividad de la justicia en este aspecto.

Esta nueva ley modifica el Decreto – Ley   0100 de 1980 o Código Penal colombiano en los Artículos: 189, incendios; 190, daños en obras de defensa común; 191, provocación de inundación o derrumbe y 197, tenencia, fabricación o tráfico de sustancias u objetos peligrosos.

Así mismo, crea en el nuevo Código Penal (Ley 599 de 2000) un capitulo único denominado “Delitos Contra los Recursos Naturales y el Ambiente”, que modifica los Artículos 242 a 246 del anterior catálogo de normas penales.

Los Artículos 242, sobre ilícito aprovechamiento de recursos biológico; 243 , Invasión de áreas de especial importancia ecológica, 244, Explotación o exploración ilícita minera o petrolera; 245, manejo ilícito de microorganismos, 247, contaminación ambiental, 247B, responsabilidad penal de la persona jurídica; 247C. a) Trabajo Comunitario y b) Publicación de la sentencia; 247D, Confluencia de sanciones administrativas; 247E, Circunstancia atenuante,  247F, Circunstancias agravantes; 247G, Investigación de los delitos contra los recursos naturales y el ambiente.  También deroga los Artículos 123, 205, 246 y todas aquellas disposiciones que sean contrarias.

En conclusión, en Colombia se castiga con penas de cárcel a la persona que atente contra los recursos naturales, los destruya, inutilice, haga desaparecer o los dañe; o a la que ilícitamente contamine el ambiente, explote, transporte, comercie o se beneficie de los recursos fáunicos, forestales, mineros o hidrobiológicos del país, así como por la ocupación ilícita de parques y zona de reserva forestal.

También se castiga penalmente al que inocule virus, propague bacterias o de cualquier otro modo origine, transmita o difunda enfermedad, que puedan afectar los recursos fáunicos, forestales, hidrobiológicos o agrícolas.

La denuncia se presenta ante la Fiscalía General de la Nación.  En las grandes ciudades el reparto corresponde a las Fiscalías Seccionales y regionales, las cuales conocen los atentados contra los recursos naturales y del medio ambiente.

“Son fines esenciales del Estado:... facilitar la participación de todos los ciudadanos en las decisiones que los afecten y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación..

Constitución Política de Colombia, Artículo 2

miércoles, 6 de abril de 2011

VISION DE INSCARMEN

Al 2012, INSCARMEN será una Institución líder que propicie la excelencia educativa en la formación  integral de estudiantes con  capacidades, habilidades y liderazgo ético, empresarial, laboral, científico y social al servicio  de nuestra región. Para ello, se contará con talento  humano preparado y  herramientas tecnológicas y educativas necesarias

miércoles, 30 de marzo de 2011

INSTITUCIÓN EDUCATIVA NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN

MÓDULO: ANÁLISIS DE SISTEMAS INFORMÁTICOS

TALLER Nº 1 2011

Lea,  analice y comprenda este tema y así podrá desarrollar este taller.

Cinco peligros ocultos en Facebook.
Facebook presume que tiene más de 400 millones de usuarios. Pero, ¿están bien protegidos de miradas indiscretas, de los estafadores y de los vendedores no deseados? No, según Joan Goodchild, editora de la revista por Internet Chief Security Online.
Facebook fue criticado la semana pasada, cuando 15 organizaciones de privacidad y protección de los consumidores presentaron una denuncia ante la Comisión Federal de Comercio, alegando que el sitio, entre otras cosas, manipula la configuración de privacidad para que la información personal de los usuarios esté disponible para uso comercial.
Además, algunos usuarios encontraron sus chats privados al alcance de todos en su lista de contactos - una violación de seguridad importante que obligó a mucha gente a cuestionarse qué tan seguro es el sitio.
Goodchild lo dijo en dos palabras: no mucho. La experta comentó sobre cinco peligros en el programa de televisión The Early Show:

* Tu información está siendo compartida con terceros
* Los anuncios de Facebook pueden contener malware
* Tus amigos reales sin saberlo, te hacen vulnerable
* Los estafadores crean perfiles falsos
* La configuración de privacidad vuelve a un modo predeterminado menos seguro después de cada nuevo diseño.

Aquí está un conjunto de preguntas y respuestas con la experta:

¿Es Facebook una plataforma segura para comunicarse con amigos?
Facebook es uno de los sitios más populares en el mundo pero brechas de seguridad se están encontrando muy frecuentemente. No es tan seguro como la gente piensa que es.

El mes pasado, investigadores del grupo de VeriSign iDefense descubrieron que un hacker estaba vendiendo los nombres de usuario y contraseñas de Facebook en un foro de hackers. Se estimó que había alrededor de 1.5 millones de cuentas - y las vendía entre $25 y $ 45.

Además el sitio está constantemente bajo ataque de hackers que intentan enviar spam a estos 400 millones de usuarios, o recolectar sus datos, o ejecutar otras estafas. Ciertamente, hay una gran cantidad de críticas en la comunidad de seguridad sobre la manipulación de Facebook a la seguridad. Tal vez lo más frustrante es que la empresa no suele responder a las inquietudes.

¿La gente realmente tiene privacidad en Facebook?
No. Hay muchas maneras en que terceros pueden acceder a información tuya. Por ejemplo, puedes no darte cuenta de que, cuando usted estás jugando los juegos populares como Farmville, o tomas las encuestas, autorizas a una descarga en tu perfil que da información a terceros.

Facebook dice que lo hace para "que sea una experiencia más personal." Ese es su modelo de negocio: Facebook está tratando de hacerte compartir tanta información como sea posible para que pueda obtener beneficios económicos al compartirla con los anunciantes.

La misión de Facebook es que llegues a compartir toda la información que se pueda para pasarla a los anunciantes. Como se ve ahora, entre más información comparta, más dinero va a hacer con anunciantes.

¿No hay también un problema de seguridad cada vez que rediseña el sitio?
Cada vez que Facebook rediseña el sitio, que generalmente pasa un par de veces al año, pone tu configuración de privacidad de nuevo en básica lo que, en esencia, la hace pública. Depende de ti, el usuario, comprobar la configuración de privacidad y decidir lo que quieres compartir y lo que no deseas compartir.

Existe también una estafa común que se llama una Scam 419, en el que alguien hackea tu perfil y envía mensajes a tus amigos pidiendo dinero - diciendo que es tú, que "fue asaltado en Bogotá y necesita dinero". Los amigos caen en la trampa. La gente piensa que un buen amigo requiere ayuda y terminan enviando dinero a Nigeria a un estafador.

¿Una red de amigos demasiado grande es peligrosa?
Seguro conoces gente con 500 o mil amigos en Facebook. ¿Cuál es la probabilidad de que sean reales? Hubo un estudio en 2008 que concluyó que el 40 por ciento de todos los perfiles de Facebook son falsos. Han sido creados por programas de computadora o impostores.

Si tienes 500 amigos, es probable que haya un porcentaje de gente que no conoces bien que es falsa y con quien estás compartiendo una gran cantidad de información, como cuando estás de vacaciones, los retratos de sus hijos, sus nombres. ¿Realmente quieres poner esta información al alcance de todos?

Nuevas medidas de seguridad


A fin de combatir los ataques, estafas y el correo indeseable, la red social en Internet ha presentado mejoras en la seguridad.

Primero, los usuarios pueden optar por ser notificados cuando su cuenta se consulta desde una computadora o dispositivo móvil que ellos no han usado antes. Para hacer esto, hay que ir a "configuración de la cuenta" y luego a "seguridad", antes de realizar el cambio.

Se abrirá una página donde puede elegirse que se notifique de las conexiones a la página, mediante un correo electrónico o mensaje de texto.

Facebook está añadiendo también un estrato de autorización cuando nota actividades inusitadas en una cuenta, como conexiones simultáneas desde puntos lejanos en el planeta.

Los cambios, que se están aplicando ya, surgen en un momento en que Facebook enfrenta mayores críticas por la forma en que protege la privacidad.

RESOLVER LAS SIGUIENTES PREGUNTAS
1.   Cuáles son los cinco peligros de Facebook?.

2.   De qué trata un Scam 419?.

3.   Que puede hacer un Hacker en la cuenta de Facebook?.

4.   Cuál es la misión de Facebook?.

5.   Su opinión personal del tema.











DESARROLLO

* Tu información está siendo compartida con terceros
* Los anuncios de Facebook pueden contener malware
* Tus amigos reales sin saberlo, te hacen vulnerable
* Los estafadores crean perfiles falsos
* La configuración de privacidad vuelve a un modo predeterminado menos seguro después de cada nuevo diseño.


2.Existe también una estafa común que se llama una Scam 419, en el que alguien hackea tu perfil y envía mensajes a tus amigos pidiendo dinero - diciendo que es tú, que "fue asaltado en Bogotá y necesita dinero". Los amigos caen en la trampa. La gente piensa que un buen amigo requiere ayuda y terminan enviando dinero a Nigeria a un estafador
3.Facebook es uno de los sitios más populares en el mundo pero brechas de seguridad se están encontrando muy frecuentemente. No es tan seguro como la gente piensa que es.

El mes pasado, investigadores del grupo de VeriSign iDefense descubrieron que un hacker estaba vendiendo los nombres de usuario y contraseñas de Facebook en un foro de hackers. Se estimó que había alrededor de 1.5 millones de cuentas - y las vendía entre $25 y $ 45.

Además el sitio está constantemente bajo ataque de hackers que intentan enviar spam a estos 400 millones de usuarios, o recolectar sus datos, o ejecutar otras estafas. Ciertamente, hay una gran cantidad de críticas en la comunidad de seguridad sobre la manipulación de Facebook a la seguridad. Tal vez lo más frustrante es que la empresa no suele responder a las inquietudes.

4.La misión de Facebook es que llegues a compartir toda la información que se pueda para pasarla a los anunciantes. Como se ve ahora, entre más información comparta, más dinero va a hacer con anunciantes.

5.no tengo ninguna opinion sobre el tema.

FACEBOOK

FACEBOOK UN RIESGO PARA TU PRIVACIDAD

Facebook es una red social que resulta muy útil y entretenida para las personas, algunos la utilizan con fines de entretenimiento, otros con fines de hacer negocios y/o dar a conocer sus empresas, lo cierto es que existe un riesgo de privacidad al utilizar la red social facebook y es...


Es un tema que no es nuevo y que aun que sabemos el riesgo de utilizar facebook muchos lo seguiremos utilizando, aun así es recomendable tomar las debidas precauciones.

Recordemos también que al subir informacion a Facebook le estamos regalando nuestra informacion a facebook y el puede hacer con ella lo que quiera.

No estoy en contra de Facebook, de hecho lo utilizo y me gusta mucho, además de que me resulta muy útil, aun asi repito debemos tener cuidado al momento de compartir informacion personal.

El anterior video es un documental que habla un poco mas sobre los riesgos en la privacidad al utilizar facebook, les recomiendo verlo.

RIESGOS DE SEGURIDAD EN LOS PERFILES DE FACEBOOK



La red social en el ciberespacio Facebook ha logrado constituirse como la más famosa por el momento, pero también ha dejado entrever la enorme responsabilidad que conlleva tener un perfil de usuario dentro su zona de inscritos. Esto, se debe a que muchas personas bienintencionadas que dejan su perfil de Facebook a disposición del público, han encontrado que su cuenta inexplicablemente (según estos internautas) ha sufrido de algún percance notorio. Pero el problema de la seguridad de los perfiles de Facebook se ve todavía aumentado cuando una acción muy común entre muchas personas se lleva a cabo en su totalidad, dejando una estela de confianza e inseguridad máximas en los procesos de cuidado de esta herramienta electrónica.

Y es que las cuentas de Facebook son, según algunas comprobaciones a las que se ha accedido personalmente mostrando las diversas capacidades de otras redes sociales, las más aptas para ser clonadas o sustituidas. Esto se debe a que la poca calidad en cuanto a la interfaz gráfica de presentación del sitio, lo hacen una dirección electrónica que es mucho más fácil de “violentar” por parte de algunos crackers que se empeñan en hacer de las suyas en un módulo administrativo que no tiene muchos detalles para sustituir. Otro caso, muy común dentro de estas aplicaciones web del perfil de Facebook, es la posibilidad a la que han accedido una gran cantidad de personas cuando crean otras cuentas a partir de correos electrónicos de dudosa hechura, y por los cuales los usuarios de este método pueden comunicarse con una persona que les sea de interés pero haciéndose pasar por otra.

Otro inconveniente de los riesgos de seguridad en los perfiles de Facebook, es el denodado interés que surge por parte de los administradores en proporcionar una gran cantidad de datos que en otras redes sociales no son habituales de preguntar. Así mismo, se produce una inesperada tarea en la que el usuario deberá competir por una popularización mucho más efectiva de su cuenta, dejando de lado el asunto importante del cuidado que debe dispensarse a sí mismo(a) para evitar problemas posteriores.

La posibilidad de descargar sin algún tipo de problema las fotos que un determinado usuario pone en su perfil son otra de las desventajas subyacentes dentro del método Facebook, por lo que los administradores han tomado conciencia acerca de la importancia de generar un bloqueo especial desde el centro de control para evitar todo tipo de irregularidades mayores.

Terremoto y tsunami de Japón de 2011
Map of Sendai Earthquake 2011.jpg
Fecha11 de marzo de 2011
TipoFalla inversa interplacas (Pacífica, Norteamericana)[1]
Magnitud9.0 [1] MW
Profundidad24 km
Coordenadas del epicentro38°19′19″N 142°22′8″E / 38.322, 142.369Coordenadas: 38°19′19″N 142°22′8″E / 38.322, 142.369
Consecuencias
Zonas afectadasBandera de Japón Japón y daños menores en países de la costa del Océano Pacífico
Réplicas314 [2]
Víctimas10.872 muertos, y 16.244 desaparecidos.[3]

El terremoto y tsunami de Japón de 2011, denominado oficialmente por la Agencia Meteorológica de Japón como el terremoto de la costa del Pacífico en la región de Tōhoku de 2011 (東北地方太平洋沖地震 Tōhoku Chihō Taiheiyō-oki Jishin[4] ?), fue un terremoto de magnitud 9,0 MW[1] que creó olas de maremoto de hasta 10 m.[5] El terremoto ocurrió a las 14:46:23 hora local (05:46:23 UTC) del viernes 11 de marzo de 2011. El epicentro del terremoto se ubicó en el mar, frente a la costa de Honshu, 130 km al este de Sendai, en la prefectura de Miyagi, Japón. En un primer momento se calculó su magnitud en 7,9 grados MW, que fue posteriormente incrementada a 8,8, después a 8,9 grados por el Servicio Geológico de los Estados Unidos (USGS).[6] Finalmente a 9,0 grados MW, confirmado por la Agencia Meteorológica de Japón y el Servicio Geológico de los Estados Unidos.[7] El terremoto duró aproximadamente 2 minutos según expertos[cita requerida]. El Servicio Geológico de Estados Unidos explicó que el terremoto ocurrió a causa de un desplazamiento en proximidades de la zona de la interfase entre placas de subducción entre la placa del Pacífico y la placa Norteamericana. En la latitud en que ocurrió este terremoto, la placa del Pacífico se desplaza en dirección oeste con respecto a la placa Norteamericana a una velocidad de 83 mm/año. La placa del Pacífico se mete debajo de Japón en la fosa de Japón, y se hunde en dirección oeste debajo de Asia.[1]





Dos días antes, este terremoto había sido precedido por otro temblor importante, pero de menor magnitud, ocurrido el miércoles 9 de marzo de 2011, a las 02:45:18 UTC en la misma zona de la costa oriental de Honshū, Japón y que tuvo una intensidad de 7,2 MW a una profundidad de 14,1 kilómetros. También ese día las autoridades de la Agencia Meteorológica de Japón dieron una alerta de maremoto, pero sólo local, para la costa este de ese país.[8]






La magnitud de 9,0  MW lo convirtió en el terremoto más potente sufrido en Japón hasta la fecha[5] así como el cuarto más potente del mundo de todos los terremotos medidos hasta la fecha.[9] [10] Desde 1973 la zona de subducción de la fosa de Japón ha experimentado nueve eventos sísmicos de magnitud 7 o superior. El mayor fue un terremoto ocurrido en diciembre de 1994 que tuvo una magnitud de 7,8, con epicentro a unos 260 km al norte del terremoto del 11 de marzo del 2011, el cual causó 3 muertos y unos 300 heridos.
Horas después del terremoto y su posterior tsunami, el volcán Karangetang en las Islas Celebes (Indonesia) entró en erupción a consecuencia del terremoto inicial.[11] La NASA con ayuda de imágenes satelitales ha podido comprobar que el movimiento telúrico pudo haber movido la Isla Japonesa aproximadamente 2,4 metros, y alteró el eje terrestre en aproximadamente 10 centímetros [12]
http://www.youtube.com/watch?v=TWdtmrFD0Mo


http://www.youtube.com/watch?v=GJAtwPW6Ivo&feature=relmfu


http://www.youtube.com/watch?v=5Bu4SLz1cTc&feature=related

http://www.youtube.com/watch?v=cndDWsRUYoo&feature=related